La expresión «Señor, ábreme los labios» forma parte del Invitatorio, que se reza con la primera oración del día, Oficio de Lecturas o Laudes.
En caso de que el Invitatorio se añada al Oficio de Lecturas, siempre tiene la forma "larga", es decir:
V/. -Señor, Ábreme los labios.
R/. -Y mi boca proclamará tu alabanza.
-No se dice el Gloria
-Se continúa con el rezo del salmo de invitatorio, que es el 94 (pero puede reemplazarse por el 99, el 23 o el 66)
Ese salmo se reza con la recitación de la antífona entre estrofa y estrofa (aunque en el rezo individual puede decirse sólo al inicio y al final)
Al ser un salmo, el Gloria se añade al final del mismo.
En Laudes puede utilizarse una forma abreviada del Invitatorio, que consiste en los versículos
V/. -Señor, Ábreme los labios.
R/. -Y mi boca proclamará tu alabanza.
Y el añadiddo del Gloria, sin el salmo.
Es decir, resumiendo: el Gloria siempre va a estar incluido en el invitatorio, sólo que si hay un salmo, se coloca al final del salmo.
En cuanto al «Aleluya» se agrega siempre al Gloria cuando no hay invitatorio, y se omite en tiempo de Cuaresma. Es decir:
Si la oración comienza con «Dios mío, ven en mi auxilio...», el Gloria lleva Aleluya, excepto en Cuaresma. Si no, no lleva el Aleluya.
Aunque la redacción, un tanto apretada, puede resultar confusa, todas esas directivas están en la Ordenación General de la Liturgia de las Horas, nn. 41, 60, 79 y 34-36 (sobre el Invitatorio).
"En Laudes puede utilizarse una forma abreviada del Invitatorio"
De donde sacan eso?? O se hace el invitatorio o no se hace. Si se hace, se hace bien, como se indica al principio. Y si no se hace, se empiezan las Laudes con "Dios mio, ven en mi auxilio", Gloria y directo al Himno. Pero no existen formas abreviadas... y nadie es quien para inventarselas, ni tan siquiera un sacerdote...
Eso sale de las rúbricas, que puede leerlas en el propio breviario, o en la Ordenacion General de la Liturgia de las Horas, nº 35, donde dice literalmente: "No obstante, cuando el salmo invitatorio hubiere de preceder a las Laudes, podría omitirse si se juzga oportuno."
Quizás la redacción de esa rúbrica podría resultar confusa y creer que se quita todo el invitatorio, pero en el propio Breviario aclara que en ese caso se reemplaza el salmo por el gloria, así que queda claro que se refiere al salmo y no a todo el invitatorio; esto significa sencillamente lo que dije en el texto: que hay una forma abreviada de invitatorio que se puede utilizar sólo en Laudes, que consiste en la invocación "Señór, ábreme..", "Y mi boca...", "Gloria...".
Lo que sí hay, aunque no lo digan las rúbricas, es formas menos agresivas de decir lo que uno piensa.
De acuerdo con lo de las formas menos agresivas, y a casi dos años no hubo un pedido de disculpas de Jose, aunque ciertamente no tenía razón, ni en materia ni en forma. Quizá no haya leído la respuesta. Yo agradezco a quienes llevan adelante este servicio y rezo por ustedes, para que puedan seguir ayudando al Pueblo de Dios. Gracias!
Muchas gracias. El anonimato de internet facilita que proliferen estos comportamientos agresivos, que se ven hoy día en casi todos los sitios.
Al escribir cualquier mensaje en cualquier sitio (aunque fuera uno que no nos gusta) uno debería hacer primero el ejercicio de traer a la conciencia que quien lo leerá es una persona, no una máquina.
lamentablemente no encuentro quien me responda las dudas que tengo con respecto al rezo de la liturgia de las horas. lo explican con tantas palabras que al final uno no termina de entender.
Atte, Fernando
Quizás, Fernando, en vez de escribir un lamento, podrías escribir cuáles son esas dudas...
Hola, una consulta ¿se puede obviar del oficio de lectura el salmo invitatorio si el oficio es la primera oración del día? Y otra pregunta ¿se puede rezar el oficio de lectura después de completas? Muchas gracias por su respuesta y enseñanzas
Hola, Jose, la rúbrica lo deja claro "Si el Oficio es la primera oración del día, se reza el invitatorio"; si no lo quieres rezar no va a venir nadie a regañarte, pero eso es lo que dice la rúbrica.
En cuanto a las Completas, se supone que es la última oración del día, por eso el nombre, ¿se puede rezar el Oficio después? bueno, igual que dije más arriba, nadie va a venir a regañarte, pero si tienes tiempo para rezar el Oficio, ¿Por qué no dejar las Completas para cuando lo terminas? De hecho las Completas tienen algo muy bonito, y es que se puede aprender el formulario de Domingo I o II de memoria, y rezarlo cualquier día de la semana, en la cama, sin libro ni móvil... "En paz me acuesto y en seguida me duermo, porque tú sólo, Señor, me haces vivir tranquilo." Me encanta llegar a esa frase (a veces me quedo dormido antes).
Salvo que vivas en comunidad, reces las Completas en un régimen comunitario y te quede el Oficio, como oración personal, sin hacer, entonces yo te diría que sí, que es preferible que lo reces después de Completas, a que no lo reces...